Sí al Voto obligatorio

El Gobierno Nacional no incluyó en el proyecto de Reforma Política, que hace parte de la implementación del Acuerdo de Paz con las Farc, el voto obligatorio.

El Ejecutivo no acogió la recomendación de la Misión Especial Electoral para que a partir de las elecciones nacionales de 2026 entrara en vigencia el voto obligatorio como un mecanismo para combatir la abstención que bordea el 60% así como para fortalecer la democracia participativa.

Aunque la propuesta no fue incorporada en la iniciativa legislativa, que será tramitada mediante el sistema de Fast Tack, creo que debe ser retomada. Recientemente la Corte Constitucional consideró que la condición que había puesto la norma y que establecía que "los proyectos de ley y de Acto Legislativo solo podrán tener modificaciones siempre que se ajusten al contenido del Acuerdo Final y que cuenten con el aval previo del Gobierno Nacional" no se ajusta a la Carta Política Colombiana.

El Alto Tribunal tampoco encontró ajustado a la norma Constitucional que  "en la comisión y en las plenarias se decidirá sobre la totalidad de cada proyecto, con las modificaciones avaladas por el Gobierno Nacional, en una sola votación", es decir que se podía votar en bloque.

Al abrirse la puerta a una amplia discusión de las proposiciones que presenten los Congresistas en la discusión de los proyectos vía Fast Track y teniendo en cuenta que el voto obligatorio fue una recomendación de la Misión Especial Electoral que nació de los Acuerdos de Paz para procurar una reforma estructural del sistema electoral del país, es el momento para retomar el tema.

Colombia es uno de los pocos países de América Latina donde el voto no es obligatorio. Ya funciona en Argentina, Bolivia, Brasil, Ecuador, Honduras, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay. Otras naciones del área también están en camino de poner en vigencia una medida similar.

Antes de implementarlo, en el 2026, se debe adelantar una campaña agresiva de pedagogía durante los próximos 9 años “que cree conciencia sobre el voto como un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”. Adicionalmente se debe acoger la recomendación “para aplicar sanciones de tipo pedagógico durante el periodo transitorio hasta las elecciones nacionales de 2026 -coincide con los tiempos propuestos por “el Acuerdo de paz entre Gobierno de Colombia y Farc para terminar el conflicto y construir una paz estable y duradera”.

“A partir de las elecciones nacionales de 2026, se deben aplicar sanciones a quienes, sin justa causa, incumplen su deber. Estas sanciones podrán ser de carácter pecuniario (multas), y/o pérdida de beneficios e inhabilidades para ejercer cargos públicos o contratar con el Estado, como en otros países de la región que contemplan el voto obligatorio”, señala la propuesta que debería ser retomada por el Congreso de la República.

No se puede perder esta oportunidad porque junto  al voto obligatorio se arrastra el voto en blanco que también es necesario reglamentarlo, fortalecerlo y ponerlo en funcionamiento como un derecho ciudadano que tenga validez. La propuesta de la MEE prevé reformar el parágrafo 1º. Del artículo 258 de la Constitución, que posibilita al voto en blanco para invalidar elecciones, para los casos en que obtenga más votos que el candidato o la lista más votada según el tipo de elección.

Lo que se necesita, en realidad, es una norma permanente que combata la abstención, crear conciencia sobre la necesidad de votar y no mantener la queja permanente por malos gobiernos o malos concejales, diputados y congresistas.

Con el voto obligatorio se afianzaría una propuesta ciudadana que ha venido creciendo en las últimas elecciones: el voto en blanco. Este si sería realmente un voto protesta y dejaría ver reflejada una realidad: el descontento de los electores. Habría legitimidad del voto en blanco y no como sucede actualmente.

Con el establecimiento del voto obligatorio deberían acabarse los estímulos a los electores porque corresponderá a los ciudadanos cumplir con un deber constitucional, en cambio sí, establecer las sanciones administrativas a que haya lugar por su incumplimiento.


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